28.4 C
Santo Domingo
jueves, enero 2, 2025
spot_imgspot_imgspot_imgspot_img
spot_imgspot_imgspot_img
spot_imgspot_imgspot_imgspot_img

Contralor y Digeig reiteran sobre el uso prudente de los recursos públicos

Al amparo de los artículos 246 y 247 de la Constitución de la República, en virtud de la Ley 10-07 que instituye el Sistema Nacional de Control Interno (SINACI) y el Decreto 486-12 que crea la DIGEIG

Santo Domingo.- La Contraloría General de la República y la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental (DIGEIG) reiteraron el llamado efectuado por el presidente de la República, Luis Rodolfo Abinader Corona, a todos los funcionarios públicos, a realizar un uso prudente y pulcro de los recursos públicos antes, durante y después de las campañas electorales.

Félix Santana García, contralor general de la República, y la doctora Milagros Ortiz Bosch, directora de Ética e Integridad Gubernamental, formularon la exhortación en una circulación que remitieron a los ministros, Directores Generales y Nacionales, Administradores Generales, Titulares de Instituciones Descentralizadas y Autónomas, Instituciones Públicas de la Seguridad Social y Empresas Públicas Financieras y No Financieras.

Explicaron que la circular está bajo el amparo de los artículos 246 y 247 de la Constitución de la República, en virtud de la Ley 10-07 que instituye el Sistema Nacional de Control Interno (SINACI) y el Decreto 486-12 que crea la DIGEIG.

Recordaron que, “de conformidad con las políticas de transparencia y rendición de cuentas, el presidente de la República ha advertido que, en su gestión de gobierno no se flexibilizarán las medidas de transparencia, el control y auditorías en tiempos de elecciones”.

En tal sentido, “se comunica que la Contraloría General de la República en coordinación con la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental (DIGEIG) se mantendrán vigilantes a la ejecución del Presupuesto General del Estado en todas los entes y órganos de la Administración Pública, con la finalidad de dar fiel cumplimiento a las disposiciones legales del control interno, la ética pública y la Ley 20-23 Orgánica del Régimen Electoral”.

Santana García y Ortiz Bosch señalaron que “De acuerdo con lo establecido en el numeral 10 del artículo 308 de la Ley 20-23, es sancionable “el uso de los bienes y recursos que administran los funcionarios públicos”, por tanto, estaremos fiscalizando los recursos financieros, activos tangibles e intangibles, que puedan ser objeto de utilización, en franca violación del establecimiento legal”.

Dirección de comunicaciones

Related Articles

Dejar respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here

Siguenos

52SeguidoresSeguir
32SeguidoresSeguir

Latest Articles