Desde el primero de julio las entidades de intermediación financiera dominicanas pueden proveer de productos y servicios financieros a nacionales venezolanos residentes en el país cuyo pasaporte haya expirado.
Así lo estableció la Superintendencia de Bancos (SB) mediante la Circular SB No.012/21, publicada el pasado jueves.
La medida se corresponde con la Resolución No. 02-DGM-2021, emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Dirección General de Migración el 19 de enero pasado, que busca normalizar el estatus migratorio de los nacionales venezolanos que están en territorio dominicano mediante la Categoría Migratoria de No Residente, y les permite, a ellos y a sus hijos, la utilización de pasaporte vencido.
Esta directriz, impulsada por el presidente Luis Abinader, fue reconocida la semana pasada por el Departamento de Estado en el vigésimo primer informe anual sobre la trata de personas (TIP), documento en que se valora positivamente el apoyo que el país le ha dado a la población venezolana vulnerable.
Con la circular, la Superintendencia además responde a la consulta de las entidades reguladas sobre las vías pertinentes para hacer frente al vencimiento del pasaporte de muchos de sus usuarios actuales y potenciales, partiendo de las estipulaciones del Instructivo de Debida Diligencia.
Según la disposición, las entidades de intermediación financiera, los intermediarios cambiarios y las fiduciarias podrán aceptar el pasaporte y la cédula expirados de nacionales venezolanos que se encuentren en territorio dominicano como documentos válidos de identificación.
Los prestadores de servicios también deberán instruir a su personal en el proceso de vinculación y atención de clientes sobre las disposiciones establecidas en la circular.
La normativa precisa que la validez de los documentos vencidos aplica a todos los ciudadanos venezolanos, independientemente de si su portador esté o no en el proceso de normalización establecido por la Dirección General de Migración.
Se espera que la iniciativa ayude a reducir la exposición de esta población a la informalidad producto de la exclusión financiera, cuyos efectos pueden ser explotación salarial y laboral, usura, barreras a la protección social y sanitaria, limitaciones educativas, entre otros.
En la presentación de la circular, el canciller de la República, Roberto Álvarez, dijo que esta medida busca viabilizar el proceso de normalización migratoria.
Agregó que con ello se quiere, además, fortalecer el combate contra la trata y el tráfico ilícito de personas, al otorgar a los migrantes venezolanos mayor seguridad y autonomía.
El superintendente de Bancos, Alejandro Fernández, dijo que la circular es una muestra del firme compromiso de la institución que dirige de diseñar e implementar políticas públicas que permitan el acceso al sistema financiero formal como lo estipula el cuarto eje de su plan estratégico.
A pesar de que la República Dominicana actualmente no reconoce Gobierno legítimo en Venezuela, el Estado mantiene el interés de mitigar los perjuicios que los inmigrantes venezolanos pudieran experimentar producto de la imposibilidad de obtener o renovar pasaportes y cédulas de identidad emitidos por su país de origen.
Las claves
A los venezolanos
Desde el primero de julio las entidades de intermediación financiera dominicanas pueden proveer de productos y servicios financieros a nacionales venezolanos residentes en el país cuyo pasaporte haya expirado.
Así lo estableció la Superintendencia de Bancos (SB) mediante la Circular SB No.012/21, publicada el pasado jueves.